¿Es válido el contrato de alquiler verbal?


Firmar un contrato de alquiler de vivienda te garantiza una mayor seguridad jurídica sobre el acuerdo alcanzado. Sin embargo, el contrato de alquiler verbal , es legal y, en caso de conflicto tienes derecho a reclamar.

Evidentemente, será más sencillo acreditar cualquier extremo de la relación jurídica si contamos con un contrato de alquiler firmado por ambas partes. Nosotros siempre lo recomendamos.

Es más, podríamos decir que no firmar un contrato de arrendamiento perjudica más al casero que al inquilino.

Sin un contrato, el propietario nunca podrá acreditar la fecha exacta del comienzo del arriendo. Si el inquilino empieza a pagar de forma irregular, el arrendador tendrá más complicado acreditar cuál era la renta pactada ante un procedimiento de desahucio. El inquilino tendría vía libre para hacer lo que le venga en gana con los muebles de la vivienda si ésta se alquiló amueblada, pues el arrendador nunca podrá probar la existencia de los mismos.

Por tanto, el mejor consejo que podemos darte si eres arrendador es que descargues nuestro contrato de alquiler de vivienda.

En un contrato escrito quedan reflejados todos los derechos y obligaciones de arrendador y arrendatario y, siempre que las cláusulas estén claramente redactadas, no existirá ninguna duda de las condiciones acordadas.

 

No obstante, es muy habitual que por diversos motivos no se llegue a firmar un contrato de alquiler, si este es tu caso, sigue leyendo porque vamos a explicarte cuáles son tus derechos.

No he firmado un contrato de alquiler ¿cuáles son mis derechos?

Lo primero que debes saber es que un contrato de arrendamiento existe desde el momento en que las partes deciden acordar la cesión del inmueble (vivienda, garaje, local de negocio, apartamento, etc.) a cambio de una renta.

El contrato de alquiler aunque sea verbal nace desde el día que el inquilino entra en la vivienda y paga por este concepto.

El artículo 1547 del Código Civil reconoce la posibilidad de acordar un arrendamiento de forma verbal:

“Cuando hubiese comenzado la ejecución de un contrato de arrendamiento verbal y faltare la prueba del precio convenido, el arrendatario devolverá al arrendador la cosa arrendada, abonándole, por el tiempo que la haya disfrutado, el precio que se regule.”

Derechos fundamentales del inquilino en un contrato de alquiler verbal:

 Usar y disfrutar la vivienda.

 Solicitar las reparaciones necesarias para el adecuado mantenimiento del inmueble.

 Disfrutar de la vivienda durante el plazo mínimo legal de 3 años (prorrogable por anualidades si el arrendador no avisa con un 1 de antelación al vencimiento).

  Derecho de adquisición preferente en caso de venta de la vivienda.

 

 

Si eres el inquilino y no firmaste un contrato de alquiler, guarda todos los recibos y justificantes del pago de la renta del alquiler. Otras formas que tiene el inquilino de acreditar el contrato de alquiler es mediante el domicilio fiscal que consta en Hacienda o en el padrón municipal si te has empadronado en la vivienda arrendada o mediante los justificantes y facturas correspondientes a los suministros asociados a la misma.

Ahora que ya sabes que es válido un contrato de alquiler verbal y conoces todos los inconvenientes que supone, ¿te la vas a jugar a no firmar un contrato de alquiler verbal con lo fácil que te lo pone LegaliBoo?